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La
Comisión de Derecho y Práctica Comercial de
la ICC se reunió el 27 de octubre del año 2005
en la sede de la CCI en Paris.
Dr.
Thomas Knaak, miembro de la CCI y árbitro de la comisión
de arbitraje CCI de México y Alemania representó
al capítulo mexicano y nos reporta:
Generalidades
En
la reunión participaron 19 diferentes países,
más invitados y observadores de la Universidad Panteón
Paris 2, la Conferencia de la Haya sobre el derecho internacional
privado, Uncitral, y el Secretariado Internacional de la ICC.
El
nuevo Secretario General de la ICC, Guy Sebban, dió
las palabras de bienvenida.
Expresó
que el trabajo de la Comisión sobre el derecho comercial
y la práctica es de suma importancia para la ICC en
vista de que ha producido trabajos importantes como por ejemplo
los INCOTERMS para la vida del comercio internacional.
Los
temas discutidos fueron:
1.
"Legal Handbook on Global Sourcing Contracts"
Últimamente
se ha evidenciado que compañías medianas y pequeñas
han delegado ciertas tareas a entidades externas. El libro,
que fue aprobado por medio de la Comisión, será
una guía para facilitarle a los empresarios tanto las
preparaciones para delegar tareas a entidades externas como
realizarlas finalmente.
En
la publicación final se mencionará que esta
obra trata lo que en muchos jurisdicciones se llama "outsourcing".
2. Aprobación "ICC Policy Statement on Electronic
Invoicing"
El
facturamiento electrónico ha aumentado considerablemente
en último tiempo. Es más, la Comisión
Europea ha presentado una directiva para el uso de sistemas
electrónicos de facturación. La Comisión
de la ICC ha resumido los diferentes efectos y sus experiencias
con el uso de sistemas de facturación electrónicos
en el ámbito del comercio internacional. En la práctica
han surgido conflictos especialmente con la interpretación
de diferentes reglas sobre el uso de sistemas electrónicos
para la facturación. El documento trata de harmonizar
este medio de facturación.
3. ICC "Model Confidentiality Agreement"
Se
presentó el borrador final tanto de un acuerdo sobre
la confidencialidad como sobre una cláusula de confidencialidad,
que a diferencia del acuerdo, puede ser introducida a otros
contratos sin que las regulaciones sobre la confidencialidad
se tengan que fijar en un contrato propio.
La
Comisión ha tomado nota de que esta regulación
modelo es extraordinariamente flexible y muy apropiada para
el uso en el comercio internacional, ya que considera tanto
provisiones de la región del "civil law"
como del "common law". La cláusula y el acuerdo
contienen un sistema de elección de cláusulas
que las partes estimen apropiadas, es decir que no está
compuesta solamente por cláusulas rigidas.
Tanto
la cláusula como el convenio de confidencialidad permiten
que las partes puedan agregar especificaciones en caso de
que lo estimen necesario.
En
la discusión de la reunión se han incorporado
algunos cambios gramaticales y se ha incluido el aviso de
que para medidas intermediarias también se podrá
hacer una demanda a un tribunal arbitral.
4. ICC "Policy Statement on Class
Action Litigation"
Especialmente
en los Estados Unidos de Norte America, pero también
en Europa, han sugerido últimamente procesos en los
cuales un número de personas afectadas por una sola
acción es representado por un solo demandante. Últimamente
han surjido abusos de este sistema de proceso, y es por eso
que la CCI ha sido preguntada de que si pudiera elaborar un
documento en el que figuran tanto sus preocupaciones, como
posibles recomendaciones. Esto es lo que viene siendo el "Policy
Statement on Class Action Litigation".
5. Convención de la Haya sobre
Acuerdos de Reconocimiento Judiciales
La
Conferencia de la Haya sobre el derecho internacional privado
ha adoptado en muy corto tiempo una nueva Convención
con fecha del 30 de junio del año 2005, que trata sobre
el reconocimiento de acuerdos para el reconocimiento de la
jurisdicción de cortes en materia civil o comercial
internacionales.
Basados
en esta Convención las partes pueden decidir qué
corte tendrá la competencia sobre resolver un caso
de índole internacional. La Convención misma
ha sido presentada por la primera secretaria de la Conferencia
de la Haya, dándo especialmente las explicaciones históricas
sobre el desarrollo de este importante documento.
La
ICC escribirá a los países miembros una carta
para subrayar la importancia de este documento que facilitará
el trámite jurídico de litigios internacionales,
en cuanto estas no se han sujetos de un arbitraje.
6. INCOTERMS para el Uso Domestico de
los Estados Unidos
Se
ha discutido el uso de los "Incoterms" en el mercado
interno de los Estados Unidos, que por supuesto es un mercado
muy grande, y que por medio de las diferentes jurisdicciones
locales internos de los Estados Unidos tendría un valor
propio para el uso de esta herramienta para facilitar el comercio
interior en los Estados Unidos. Para poder ofrecer una ayuda
en este contexto, se preparará una estrategia de promover
esta herramienta, que en el mercado internacional es de suma
importancia, también en los Estados Unidos y en sus
respectivos mercados internos.
7. Evolución de un Derecho Contractual Europeo
La
Comisión Europea está trabajando sobre un nuevo
proyecto, que hace referencia al desarrollo de una nueva legislación
sobre la harmonización de las reglas sobre los contratos
civiles y comerciales. Por el momento la Comisión ha
formado un grupo de trabajo ("Common Frame of Referente"
- CFR) que por su parte aporta tanto conocimientos académicos
como prácticos, para que posiblemente en el año
2009 se pueda aprobar la nueva legislación europea
sobre esta materia contractual.
8. UNCITRAL "Model Law on Procurement
of Goods, Construction
and Services"
Actualmente
hay una discusión sobre la revisión del derecho
modelo Uncitral sobre el procuramiento de bienes, construcciones
y servicios en materia de contratos públicos. Para
darle más valor a esta discusión, la Comisión
de Derecho Comercial y Prácticas ha establecido una
"Task Force", la cual escribirá una carta
en la cual se presentarán los argumentos para facilitar
a compañías privadas el acceso a contratos de
este índole.
9. ICC "Model Turnkey Contract (Major Plant)"
Las
publicaciones de la CCI han promovido varios contratos modelo.
Un nuevo modelo será el "Turnkey Contract (Major
Plant)" contrato. La Comisión, por medio de su
"Task Force", ha elaborado aquí un trabajo
de casi 90 páginas. La documentación prevée
que habrá un contrato modelo con sus explicaciones
respectivas.
Comentario:
La Conferencia de la Comisión de Derecho y Práctica
Comercial ha mostrado nuevamente que la CCI impone fuertes
empujes para promover un mejoramiento en la práctica
del comercio internacional. Es una institución moderna,
que adopta las necesidades para un mercado internacional dinámico.
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