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3. Seguro
jurídicamente
El contribuyente
debe poder pagar impuestos con plena certidumbre de
que sus cálculos están hechos conforme
a lo dispuesto en la Ley y de que los procedimientos
y trámites se ajustan a los preceptos de la misma.
Además, el contribuyente debe estar plenamente
protegido contra actos de abuso o discrecionalidad de
la autoridad responsable del cobro de impuestos. Esta
certidumbre sólo es posible cuando el pago de
impuestos está regido por disposiciones claramente
enunciadas, sin contradicciones. También requiere
que los códigos, leyes y reglamentos tributarios
sean sencillos y permanentes como se enuncia en los
siguientes puntos. Mientras el sistema fiscal se ajuste
más a estas características, más
duras pueden ser las sanciones contra la evasión
y la elusión. Estos actos en el marco de un sistema
tributario permanente, claro, sencillo y transparente
sólo pueden entenderse como premeditados, y no
como resultado de la confusión y el desconocimiento.
4. Sencillo
El pago
de impuestos debe estar regido por pocas reglas, procedimientos
y trámites. Estos a su vez deben ser claros y
fáciles de entender y realizar. Ciertamente es
necesario ofrecer diferentes regímenes impositivos;
pero estos deben ser pocos y la autoridad debe respetar
el que elija libremente cada contribuyente. Al diseñarlos,
es necesario considerar por lo menos los casos extremos.
Por un lado los pocos causantes que suman una proporción
importante de la recaudación, quienes usualmente
cuentan con todos los recursos para operar sistemas
complejos de contabilidad y administración. Por
el otro, los muchos causantes que aportan contribuciones
pequeñas a la recaudación. Ellos requieren
de regímenes tributarios adecuados a sus condiciones
culturales, que no los distraigan de sus actividades
sustantivas ni les resulten onerosos. Una meta aquí
podría ser que esos contribuyentes "pequeños"
puedan hacer sus pagos de impuestos sin necesidad de
recurrir a ayuda profesional ni correr riesgos mayores
de que la autoridad lo llame a cuentas o de que le imponga
sanciones.
5. Perdurable
Las reglas
tributarias en lo posible deben permanecer inalterables
en el tiempo. Los cambios constantes impiden de suyo
que los contribuyentes puedan conocer sus obligaciones
y los procedimientos para cumplirlas. Un sistema tributario
estable en el tiempo es un primer requisito para facilitar
los actos de tributación y mejorar la seguridad
jurídica de los causantes. La perdurabilidad
del sistema impositivo también tiene propiedades
promotoras, al permitir planear inversiones y procesos
productivos sin el riesgo de que esos cálculos
sean alterados críticamente por modificaciones
impredecibles de las reglas tributarias.
6. Equitativa
La carga
tributaria debe ser distribuida entre los causantes
en proporción a la parte de su ingreso que destinan
a la satisfacción inmediata de necesidades por
encima de las básicas. Este criterio supone por
una parte extraer del cálculo de impuestos los
recursos que cada familia necesita para su mantenimiento
esencial. Por la otra implica favorecer a los individuos
que se inclinan por ahorrar e invertir respecto de los
que prefieren el consumo actual. La equidad impositiva
en México por lo tanto, debe quedar en relación
directa con la inclinación de los contribuyentes
para adelantar la satisfacción de necesidades
por arriba de las básicas.
7. General
La carga
impositiva idealmente debe ser soportada por toda la
población en posibilidades de trabajar. En la
práctica es indispensable reconocer la debilidad
económica de sectores de la sociedad. Sin embargo,
los mecanismos para liberarlos de dicha carga deben
ser tales, que lejos de motivarlos a permanecer real
o ficticiamente en ese estado, los estimule a superar
tal debilidad y sumarse así a los que contribuyen
al erario público. Un sistema tributario de aplicación
general promueve que los ciudadanos desarrollen sus
actividades económicas en la formalidad.
8. Competitivo
La carga
fiscal que determine el sistema tributario debe mantenerse
por debajo de los límites que pueden soportar
los contribuyentes sin quedar en desventaja respecto
de la situación en el extranjero. Este criterio
es válido tanto en la esfera de la producción
como del consumo. En el primer caso la superación
del límite mencionado significa discriminar contra
los inversionistas en México, quienes en la medida
de sus posibilidades preferirán trasladar sus
operaciones a otras economías. En el ámbito
del consumo, una carga tributaria exagerada tiene el
efecto de desviar el gasto de los consumidores hacia
mercados extranjeros. En la práctica se observa
entonces la disminución de la demanda en los
mercados internos y la proliferación del contrabando
y otras formas de comercio ilícito.
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