El
salario mínimo lo debe fijar el mercado La
Comisión Nacional de los Salarios Mínimos es un órgano tripartito,
autónomo, de elección democrática, que está previsto
en el Artículo 123, Apartado A, Fracción VI, de la Constitución
Política del país. Su objetivo principal es determinar en forma
obligatoria el monto que por el concepto de salario debe percibir el trabajador
en México, en una jornada diaria de labores.
Por
Tomás Natividad |
| La
definición a que se refiere el precepto constitucional y el artículo
90 de la Ley Federal del Trabajo, que establece que ....el salario mínimo
es la cantidad que debe recibir el trabajador por los servicios prestados en una
jornada de trabajo, fue superada por el tiempo. Al inicio existían
mas de 80 salarios determinados para diversas zonas del país. Hoy solo
existen tres áreas geográficas. Antes existían salarios mínimos
para el campo y para las áreas urbanas; hoy solo existen las tres mencionadas
para todo tipo de zona, de acuerdo a la distribución geográfica.
Al principio se señalaban salarios mínimos para determinados
puestos de trabajo. Los salarios mínimos profesionales que existen ahora
no se han alterado desde hace ya algunos años.
Sin embargo, con
el tiempo se desvirtúo su finalidad, hoy es un indicador que determina
el movimiento de cuotas al IMSS, al Infonavit, que fija deducciones fiscales y
monto de multas, penalidades, etcétera, y en general esta ligado a múltiples
legislaciones federales y locales en muchas entidades federativas. | El
salario mínimo, en tanto no se le desligue de las demás legislaciones
y no pierda su carácter de indicador económico que determina el
nivel mínimo de las demás fijaciones de salarios contractuales,
sindicalizados o no, pero en especial la fijación del porcentaje en las
revisiones de los Contratos Colectivos de Trabajo, no podrá ser analizado
como lo define la Constitución de nuestro país.
Para cualquier
cambio o reforma se requeriría una modificación a la Constitución,
un cambio de conceptos, y que el salario mínimo de hoy lo fije la economía
de mercado, como se fijan todos los precios en una economía libre.
El
mercado de trabajo es ahora quien determina realmente el monto mínimo por
el que se puede contratar a una persona por una jornada de trabajo, y ese monto
es el que sÍ cumple con la definición constitucional y legal, ya
que si el empresario no lo paga, no puede reclutar ni contratar a ningún
trabajador.
Finalmente el salario mínimo existe y debe existir,
hasta que como país cambiemos todo el esquema comentado.
| | | | | [El
autor es socio de Natividad Abogados, S.C., asesores de empresas Teléfono
5089-7200, Buffón 4, Col. Nueva Anzures.]
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